27 de abril de 2011

Lo que necesitás saber antes de jubilarte

¿Cúando puedo jubilarme?

Las mujeres recién puede jubilarse a los 60 años cumplidos en tanto los hombres, a los 65 años.

Existe un beneficio conocido como “FELIZ CUMPLEAÑOS” por el cual el trámite puede ser iniciado hasta 4 meses antes de cumplir 60 o 65 años, según corresponda.

No existen las jubilaciones anticipadas de ningún tipo.


¿Qué requisitos debo cumplir para jubilarme?

Además de la edad reglamentaria, es necesario acreditar 30 años de aportes comprobables. Estos aportes pueden ser efectivos o pueden comprarse mediante moratoria.

Cuando promocionan en avisos publicitarios “JUBÍLESE SIN APORTES” hacen referencia precisamente a los casos en que si bien no se cuenta con los 30 años de aportes efectivamente realizados, los mismos pueden ser adquiridos al momento de iniciar la jubilación.


¿Cuáles son los primeros pasos para iniciar el trámite jubilatorio?

Como primer paso, el interesado deberá concurrir a la Unidad de Atención Integral (UDAI) más cercana a su domicilio para acreditar sus datos personales y los datos de sus relaciones familiares en la Base de Datos de Personas. Asimismo, en caso de no poseerla, deberá obtenerse la clave fiscal ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).


¿Puede jubilarse una persona que nunca trabajó?

Sí es posible. Gracias a la Ley Nº 24.476 conocida como “JUBILACION AMAS DE CASA”, las personas que cumplan con la edad reglamentaria pueden comprar los 30 años de aportes requeridos legalmente al momento de iniciar la jubilación.


¿Debo recurrir a un abogado o gestor para jubilarme?

Si bien el trámite puede ser realizado personalmente, los múltiples beneficios que otorga la ley no son aplicados de oficio por la ANSES, con lo cual se requiere de un conocimiento profundo de la normativa previsional y, al mismo tiempo, estar permanentemente actualizado acerca de las sucesivas resoluciones de la ANSES y la AFIP. Incluso cada UDAI tiene su propia interpretación de modo que es aconsejable recurrir a los abogados o gestores que trabajan diariamente con esas dependencias para un mejor seguimiento y evitar demoras innecesarias.