3 de septiembre de 2013

Tips para firmar mejores contratos


Si estás por firmar un contrato, considerá estos cinco consejos para proteger tus derechos y evitarte inconvenientes futuros:

1. Asegurate de que esté claro quién es quién:


Parecerá una obviedad, pero al momento de firmar un contrato es muy importante cerciorarse de que quién firma en representación de otra persona, tenga facultades para hacerlo y lo pueda acreditar.

Por ejemplo, si vas a firmar un contrato con una empresa, el representante de ésa empresa debe acreditar que es apoderado o Presidente mediante el correspondiente poder o acta de designación de autoridades.

2. La redacción debe ser clara y prolija:


Así como es importante comprender qué estamos firmando, el texto de un contrato (por más técnico que sea), debe poder leerse fácilmente y comprenderse en una lectura rápida.

Cualquier concepto poco claro o una redacción demasiado intrincada o poco coherente, generará que la interpretación de lo acordado sea más difícil, lo que puede ocasionar conflictos en el futuro.

3. Elegí el juez y el lugar a donde podrás reclamar en caso de conflicto:


En todo contrato, es importante que las partes decidan de común acuerdo por qué leyes será interpretado y regido el contrato, y ante qué juez será llevado en caso de conflicto.

Es muy importante asegurarse de que el contrato sea regido por las leyes de la Argentina, ya que si le son aplicables las leyes de otro país, en caso de conflicto vas a necesitar asistencia jurídica de un profesional de ése país.

Al igual que en el caso anterior, el juez competente debe ser preferentemente el de tu domicilio.

Es decir, si vivís en la Ciudad de Buenos Aires, un contrato comercial debe ser sometido a la competencia de los Tribunales Nacionales en lo Comercial, que son los que corresponden a la Ciudad de Buenos Aires.

4. Asegurate de acordar quién pagará el impuesto de sellos del contrato:


Tanto en la Ciudad de Buenos Aires, como en muchas jurisdicciones del país, los contratos, excepto los gratuitos, están sujetos al pago del impuesto de sellos.

El monto del impuesto de del 0,8% del valor del contrato.

Es común que las partes acuerden que el impuesto será abonado por ambas partes conjuntamente, pero resulta importante establecer esto en el contrato, ya que si no se establece, la parte que quiera hacer valer el contrato en juicio o presentarlo ante alguna autoridad administrativa (AFIP, Municipalidad, etc.), deberá abonar el impuesto por sí mismo.

5. Certificá las firmas por un escribano público:


Certificar las firmas del contrato ante un escribano público no es un “gasto” que puede evitarse.

La certificación de las firmas no sólo otorga seguridad de la identidad de la persona que firma (y de sus facultades en caso que firme en representación de otra persona o empresa), sino que también otorga al contrato la certeza de que fue firmado en ésa fecha y le otorga validez como prueba en juicio.


Esperamos que estos tips puedan serles útiles a la hora de firmar un contrato, y ayuden a comprender las cuestiones más importantes que pueden llevar a conflictos en el futuro.

2 comentarios:

  1. Qué buen post chicas! Muchas cosas en las que ni siquiera había pensado. Flora, si querés me podés temar un mini test, te prometo que leí punto por punto.
    Un beso, M.

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  2. Así me gusta!

    Lea y tome nota atenta!

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